
GONZÁLEZ Y MONTENEGRO ASOCIADOS
Cumpliendo su propósito en eventos de asamblea de propiedad horizontal
Aquí encontraras información valiosa de como realizar el evento de la asamblea, en propiedad horizontal.
Sabias que?
Sabias que?
Su voto en la asamblea vale por coeficiente y no por apartamento.
ASAMBLEA PRESENCIAL
La asamblea general, es el órgano máximo de dirección en la copropiedad esta constituida por los copropietarios de bienes privados o sus representantes o delegados esta sobre el régimen de propiedad horizontal ley 675
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Definir tema y objetivos.
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Identificar participantes potenciales.
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preparar un moderador para las preguntas.
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Analizar la sección presentar un informe de forma escrita o oral.
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ARTÍCULO 39. ley 675 Reuniones. La Asamblea General se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al año, en la fecha señalada en el reglamento de propiedad horizontal y, en silencio de este, dentro de los tres (3) meses siguientes al vencimiento de cada período presupuestal; con el fin de examinar la situación general de la persona jurídica, efectuar los nombramientos cuya elección le corresponda, considerar y aprobar las cuentas del último ejercicio y presupuesto para el siguiente año. La convocatoria la efectuará el administrador, con una antelación no inferior a quince (15) días calendario.
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Se reunirá en forma extraordinaria cuando las necesidades imprevistas o urgentes del edificio o conjunto así lo ameriten, por convocatoria del administrador, del consejo de administración, del Revisor Fiscal o de un número plural de propietarios de bienes privados que representen por lo menos, la quinta parte de los coeficientes de copropiedad.


ASAMBLEAS VIRTUALES
La ley 675 del 2001 establece la alternativa de realizar las reuniones no presenciales de la asamblea reguladas por el articulo 42 ley 675 del 2001 el gobierno nacional expidió el decreto 398 del 13 de marzo del 2020, que regula las asambleas no presenciales.


Artículo Asambleas de propiedad horizontal. reuniones ordinarias de asamblea de edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal, de la Ley 675 2001, podrán efectuarse:
1. En forma virtual, durante periodo comprendido la vigencia del presente decreto y el treinta (30) de junio de 2020, siguiendo los requerimientos del artículo de la Ley de 2001 y Capítulo 1.6 Título 1 de la 2 Libro 2 del Decreto 1074 201 Decreto Único Reglamentario Sector Comercio, Industria y Turismo, y demás normativa legal y reglamentaria vigente aplicable a la materia. De manera presencial, a más tardar dentro mes calendario siguiente a finalización la declaratoria Económica, Social y las Ecológica.
PARÁGRAFO 1. no convocada la asamblea, esta se forma ordinaria por derecho propio el día hábil siguiente al mes calendario de que trata el numeral 2 del inciso anterior, en lugar y hora que se indique en DECRETO NÚMERO 579 Página N° 10 "Por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de propiedad horizontal y contratos de arrendamiento, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica reglamento, o en su defecto, en las instalaciones del edificio o conjunto a las 8:00 p.m.
PARÁGRAFO 2. Los administradores, consejos de administración y las asambleas de las edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal se abstendrán de imponer las sanciones establecidas en el reglamento de propiedad horizontal con fundamento en el numeral 9 del artículo 38 de la Ley 675 de 2001, por la no asistencia presencial de copropietarios y/o sus delegados a las reuniones de asambleas ordinarias presenciales, convocadas para el periodo comprendido entre la vigencia del presente decreto y el treinta (30) de junio de 2020.
Artículo 9. Reajuste de las cuotas de administración de zonas comunes. Se aplaza el reajuste anual de las cuotas de administración de zonas comunes durante el periodo comprendido entre la vigencia del presente decreto y el treinta (30) de junio de 2020. Concluido el aplazamiento establecido en el inciso anterior, las mensualidades se pagarán con el reajuste anual correspondiente.
CONTAMOS CON UN SISTEMA DE REGISTRO
Sistema en el que todos los asistentes, a la asamblea realizan un pre-registro, donde validan su identidad al ingresar a la reunión, así sera registrado en el quorum de la reunión.
SISTEMA DE VOTACIÓN
Ofrecemos un sistema de votación en linea en tiempo, en el cual se va desarrollando la asamblea virtual , y se van creando las preguntas a medida que pasa el orden del día, para que los asambleístas registrados puedan contestar al instante, y los resultados sean inmediatos.
VIDEOCONFERENCIA
Contamos con cuentas empresariales como, zoom con capacidad de 500 personas, en videoconferencia con grabación, chad, y moderador para control de la misma y que no se extienda y se realice de manera efectiva.
ACOMPAÑAMIENTO TÉCNICO
Durante toda la asamblea virtual , estarán acompañados por un técnico para apoyar la parte técnica, dudas en caso que los residentes no sepan utilizar la red,y gestionando el software con el fin de que la asamblea sea eficiente.



